Negocios Fiduciarios

Definición de Fideicomiso: Es un contrato mediante el cual una persona (física o jurídica) denominada Fideicomitente entrega a otra denominada Fiduciario, uno o más bienes especificados, transfiriéndole la propiedad de los mismos, con el propósito de que ésta lo administre y cumpla con ellos una determinada finalidad, bien sea un provecho de aquella misma persona o de un tercero denominado "Beneficiario".

Fideicomiso de garantía sobre bienes registrables

  • Blindaje legal, los bienes fideicomitidos no podrán ser perseguidos judicialmente (son inembargables)
  • Conservación de la titularidad de los bienes
  • Flexibilidad en su estructura.

Fideicomiso de garantía sobre fondos en cuenta

  • Seguridad y eficiencia en la administración de bienes.
  • Inembargabilidad de fondos.
  • Apertura de cuentas fiduciarias (escrow account).

Fideicomiso de administración de fondos

  • Perfeccionamiento de cesión de flujos.
  • Transparencia.
  • Protección de recursos.

Fideicomiso de administración testamentario

  • Facilidad en la transmisión de bienes.
  • Protección patrimonial.
  • Seguridad jurídica y confidencialidad.

¿Qué es un Fideicomiso?

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¿Están protegidos los bienes que se aportan a un fideicomiso?

Los bienes aportados a un fideicomiso constituyen un patrimonio autónomo y por tanto a partir de su constitución no pueden ser perseguidos ni embargados por terceras personas ni por acreedores del fideicomitente, fiduciario y/o beneficiario. El patrimonio autónomo del fideicomiso se mantiene protegido e individualizado tanto jurídica como contablemente.

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¿Cuáles son los bienes que pueden ser objeto de un negocio fiduciario?

Pueden ser objeto del negocio fiduciario toda clase de bienes o derechos cuya entrega no esté prohibida por la Ley.

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¿Quiénes pueden ser fideicomitentes?

Las personas, físicas o jurídicas, que tengan la capacidad necesaria para hacer la afectación de bienes que implica la celebración del negocio fiduciario y/o las autoridades judiciales o administrativas competentes, cuando se trate de bienes cuya guarda, conservación, administración, liquidación, reparto o enajenación les corresponde a ellas o a las personas que designen para el efecto.

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¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de goce para recibir las prestaciones económicas o beneficios que el fideicomiso implica.

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